¡Polémica en Ecuador! CNE y Procurador chocan por interpretación de normas sobre reelección
07/06/24 17:27

El Consejo Nacional Electoral de Ecuador (CNE) ha respondido al Procurador sobre la consulta del presidente Daniel Noboa, dejando en claro que no les corresponde interpretar normas jurídicas. El CNE cita una sentencia de la Corte Constitucional que define lo entendido por reelección y menciona el deber de interpretar la ley en su "literalidad". Esta respuesta parece abrir la puerta para que el Procurador acepte la tesis del Ejecutivo, argumentando que no cabe pedir licencia pues no se trata de reelección. Sin embargo, el Dr. Eduardo Franco refuta esta interpretación, afirmando que el CNE no dice eso, sino que simplemente no se meten en interpretaciones de normas jurídicas. Con base en una interpretación en contexto con el sistema jurídico, el presidente Noboa podría ser candidato para el período 2025-2029, pero estaría obligado a pedir licencia sin sueldo, ya que el artículo 113 #6 de la Constitución lo ordena al ser un servidor público, sujeto a las responsabilidades determinadas en la norma fundamental. No hacerlo violaría la carta magna y el CNE no lo inscribiría como candidato, según establece el Código de la Democracia. Sin embargo, si pide licencia, la vicepresidenta Abad no asumiría la presidencia automáticamente, sino que lo haría solo si el presidente no está en funciones, lo que implicaría que Noboa no podría firmar ningún Decreto Ejecutivo, ya que no estaría en la plenitud de sus derechos presidenciales.
Esta situación jurídica plantea un escenario complejo para el presidente Noboa y su posible candidatura, así como para el funcionamiento del Gobierno en caso de que se concrete su postulación. La interpretación de las normas constitucionales y legales en este caso es crucial, y la postura del CNE y del Procurador abre un debate sobre la interpretación de la reelección y las responsabilidades de los servidores públicos en Ecuador.
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